
Consulta urbanística especial de actividades
Mediante consulta urbanística especial de actividades, los ciudadanos pueden plantear las dudas de interpretación que les pueda suscitar la aplicación de uno o varios preceptos normativos relativos a las propuestas técnicas sobre una actuación urbanística completa.
Contenido de las consultas:
- Aclaraciones sobre la normativa aplicable a un emplazamiento concreto.
- Posibilidad de implantación de un uso o un cambio de uso.
- Tipo de obras que se pueden ejecutar.
- Edificabilidad de la finca, número de alturas permitidas, etc.
- La consulta podrá ir acompañada de una o varias propuestas.
La tasa por prestación de servicios urbanísticos para 2021 es de 347,35 euros, cantidad que se abonará a través del impreso Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
Solicitud en formulario normalizado
Plano, croquis o fotocopia de callejero señalando la situación del edificio parcela o solar, conforme al «Callejero Municipal» del Ayuntamiento de Madrid.
- Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
- La consulta debe contener una descripción con, como mínimo, los siguientes datos:
- Ubicación del local, con indicación exacta de su situación dentro de la planta del edificio.
- Descripción de la actividad.
- Descripción de la actividad anterior con referencia a la licencia anterior, si la tuviera.
- Superficie útil del local.
- Horario de la actividad.
- Potencia frigorífica instalada, en su caso.
- En caso de implantaciones de actividades industriales:
- Nivel de riesgo de incendio intrínseco del local.
- Potencia motriz instalada.
Respuesta de la Administración:
Plazo: quince días, salvo que requiera el informe preceptivo de otros servicios municipales, que deberá producirse en el plazo de quince días a partir de la fecha de recepción del mismo.
Contenido: la consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico.
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente.
Si su consulta se refiere a obras en viviendas, acceda a Consulta urbanística común para obras en vivienda
Fundamento legal: Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU) de 23 de diciembre de 2004, BOCM núm. 5, de 7 de enero de 2005, art. 13 según modificaciones introducidas por la Ordenanza de modificación de 29 de abril de 2014, BOAM núm. 7167, de 16 de mayo de 2014.
Entidad Gestora: Agencia de Actividades, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano y Distritos del Ayuntamiento de Madrid.
Llave en Mano
Licencia de actividad
Estudios Previos Para Proyecto de Construcción de Vivienda Unifamiliar
Anteproyecto de Construcción de Vivienda Unifamiliar
Proyecto de Ejecución de Construcción de Vivienda Unifamiliar
Dirección de Obra de Construcción de Vivienda Unifamiliar
Liquidación y Recepción de Obra de Construcción de Vivienda Unifamiliar
Reformas e Interiorismo Madrid
Proyecto de Reforma de Vivienda
Licencia Obra Menor Declaración Responsable
Licencia de Actividad por Declaración Responsable