Como estudio de arquitectura en Madrid con años de experiencia diseñando y construyendo viviendas en Madrid, tanto obra nueva como rehabilitaciones y casas prefabricadas de hormigón, sabemos que más allá del diseño bonito hay una base legal que toda vivienda debe cumplir: las condiciones mínimas de habitabilidad.
Esas condiciones no están pensadas para poner trabas, sino para garantizar que los espacios en los que vivimos sean saludables, funcionales y seguros. En este artículo vamos a desgranar qué se exige, cómo afecta al proyecto de una vivienda y por qué es importante conocer estas normas antes de construir, reformar, comprar o alquilar.
Qué son las condiciones mínimas de habitabilidad

Cuando hablamos de condiciones mínimas de habitabilidad, nos referimos a un conjunto de requisitos de carácter técnico, higiénico-sanitario y urbanístico que una vivienda debe cumplir para poder ser usada como tal. Están recogidas principalmente en dos ámbitos:
- La normativa estatal, como el Código Técnico de la Edificación (CTE) y la Orden de 29 de febrero de 1944, que marcan requisitos básicos sobre ventilación, iluminación natural, niveles de impermeabilidad, instalaciones y alturas libres (estas últimas, por ejemplo, no pueden ser inferiores a 2,50 m en estancias principales).
- La normativa municipal de Madrid, especialmente las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) que fijan criterios más específicos de superficie, distribución y fachadas para las viviendas en Madrid.
Estas reglas sirven para que las viviendas en Madrid no sean solo un albergue de personas, sino un espacio digno donde vivir, dormir, cocinar, relacionarse y desarrollar la vida cotidiana con salud y confort.
Principales requisitos de habitabilidad en viviendas en Madrid

1. Superficie mínima
En Madrid, la norma urbanística ha evolucionado recientemente:
- Para nuevas viviendas en Madrid o modificaciones de uso, se exige una superficie útil mínima de 40 m² para una vivienda completa que incluya salón-comedor, cocina, dormitorio y baño .
- Históricamente, el PGOUM de 1997 permitía una superficie mínima de 38 m² o incluso 25 m² en estudios en casos excepcionales, pero las nuevas exigencias han estandarizado los 40 m² como estándar sin excepciones en la mayoría de los casos .
Esto significa que proyectos de vivienda o rehabilitaciones deben prever ese mínimo si quieren cumplir con la normativa municipal y obtener las licencias pertinentes.
2. Las viviendas deben ser exteriores
Las viviendas en Madrid deben cumplir con ciertos criterios para ser consideradas habitables, y uno de los requisitos es que sean exteriores.
Esto significa que cada vivienda debe tener al menos un hueco en una fachada que dé a la vía pública o a un espacio libre público.
También se permite que las viviendas tengan fachadas que den a espacios privados o patios, siempre y cuando cumplan con las condiciones y dimensiones que establece el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM).
- Hueco en una fachada: cada vivienda debe tener al menos un hueco en una fachada que dé a la vía pública o a un espacio libre público. Este hueco puede ser una ventana o una puerta.
- Fachadas hacia espacios privados o patios: si una vivienda no tiene fachada directa a la vía pública, se permite que tenga fachadas que den a espacios privados o patios. Sin embargo, estas fachadas deben cumplir con las condiciones y dimensiones especificadas en el PGOUM para ser consideradas habitables.
3. Fachadas y ventilación
Un aspecto clave de la habitabilidad es tener un mínimo de fachada que permita iluminación y ventilación natural. En Madrid se exige que:
- Cada vivienda tenga al menos 3 m de fachada que dé a una estancia habitable (salón, comedor, cocina o dormitorio) .
- Esa fachada debe servir a una estancia con ventilación e iluminación natural suficientes, lo que suele medirse en función de una proporción entre superficie de hueco y superficie habitable, o mediante criterios geométricos como la posibilidad de inscribir un círculo de determinados diámetros frente a la ventana o puerta que aporta luz .
Esto evita viviendas interiores sin luz natural, que no solo son menos confortables sino que pueden presentar problemas de humedad o falta de renovación de aire.
4. Fachada a pieza habitable
En la capital, no solo basta con que una vivienda tenga una fachada mínima de 3 metros de longitud; esta fachada también debe dar acceso a una pieza habitable que cumpla con ciertas condiciones específicas.
- Superficie útil superior a 12 m²: la pieza habitable a la que da la fachada mínima de 3 metros de longitud debe tener una superficie útil superior a 12 metros cuadrados, sin incluir miradores u otros elementos. Esta medida garantiza que las áreas de estar sean lo suficientemente amplias para ser funcionales y cómodas.
- Inscripción de círculo de diámetro 270 cm: en esta pieza habitable, se podrá inscribir un círculo de diámetro 270 cm. Este círculo debe ser tangente al paramento en el que se sitúa el hueco de luz y ventilación, que generalmente es una ventana o una puerta.
5. Condiciones mínimas por estancia
Las viviendas en Madrid también deben cumplir con condiciones mínimas específicas para diversas estancias, como la cocina, el comedor, los dormitorios, el baño y otras áreas destinadas a la vida cotidiana. Estas condiciones están diseñadas para garantizar que cada espacio sea funcional y cómodo para sus habitantes.
Cocina
- Superficie mínima: 7 m².
- Inscripción de círculo de diámetro: 1.60 m, tangente al paramento donde se ubica el hueco de luz y ventilación.
- Debe permitir evacuación de humos y gases, idealmente con salida de aire independiente o campana extractora eficiente.
Estancia/Comedor
- Superficie mínima: 14 m².
- Inscripción de círculo de diámetro: 3.00 m, tangente al paramento donde se ubica el hueco de luz y ventilación.
- Buena exposición a luz natural y posibilidad de ventilación cruzada si es interior.
Dormitorio principal
- Superficie mínima: 12 m².
- Inscripción de círculo de diámetro: 2.70 m, tangente al paramento donde se ubica el hueco de luz y ventilación.
- Esta superficie mínima va acompañada de requisitos de ventilación y proporciones geométricas específicas.
Otros dormitorios
- Superficie mínima: 7 m².
- Inscripción de círculo de diámetro: 2.00 m, tangente al paramento donde se ubica el hueco de luz y ventilación.
Baño
- Debe estar compuesto por ducha/bañera, lavabo e inodoro.
- Superficie mínima: 3 m².
- El acceso al baño no puede realizarse desde la cocina ni desde un dormitorio.
- Cuando existen más de un baño en la vivienda, uno de ellos debe tener entrada independiente, mientras que el resto puede tener acceso desde los dormitorios.
Pasillo
- Ancho libre: 90 cm.
Altura libre mínima
- Piezas habitables (excepto cocina): 2.50 m.
- Cocina y piezas no habitables: 2.20 m.
Huecos de paso
- Puerta de entrada: 0.80 m de ancho por 2.00 m de alto.
- Puerta de paso: 0.725 cm de ancho por 2.03 m de alto.
Tendedero
- Superficie mínima: 3 m².
- Debe contar con ventilación natural directa y disponer de un sistema de protección que dificulte la visión de la ropa tendida desde la vía o espacio público.
6. Condiciones higiénicas
Estas condiciones buscan asegurar la higiene y la seguridad en las viviendas de la ciudad.
- Piezas habitables exteriores: todas las piezas habitables de las viviendas en Madrid deben ser consideradas exteriores. Esto garantiza que todos los espacios destinados a la vida cotidiana tengan acceso a la ventilación natural y a la luz del día.
- Ubicación del piso: ninguna vivienda de nueva creación en Madrid se situará con su piso por debajo del terreno en contacto con ella. Esto evita problemas relacionados con la humedad y la insalubridad en las viviendas.
- Pieza en planta inferior a la baja: la normativa permite que, en viviendas unifamiliares, se pueda situar cualquier pieza en la planta inmediatamente inferior a la planta baja, siempre y cuando se cumplan con las condiciones de ventilación e iluminación natural establecidas.
¿Por qué estos requisitos son importantes para el proyecto?

Desde nuestro punto de vista como arquitectos no solo hay que cumplir normas para conseguir permisos y licencias: integrar estos mínimos de habitabilidad desde la fase de diseño repercute directamente en:
- Calidad de vida de quienes van a habitar la casa: luz natural, ventilación cruzada y espacios bien proporcionados mejoran la salud y el bienestar.
- Eficiencia energética: una vivienda bien orientada, con ventilación adecuada y alturas correctas consume menos energía para climatización.
- Valor de reventa y demanda: viviendas que cumplen con criterios de confort y normativos son más atractivas en el mercado.
- Menor riesgo de problemas estructurales o de salubridad: evitar habitaciones sin ventilación o luz ayuda a prevenir humedades, condensaciones y deterioro.
Lo que hay que tener en cuenta al reformar o rehabilitar
Cuando abordamos una reforma integral en Madrid, es habitual que nos pregunten si se puede mantener una distribución con espacios muy pequeños o sin luz natural directa. La respuesta técnica es que sí se puede reformar, siempre y cuando se cumplan estos mínimos de habitabilidad, y esto puede implicar:
- Abrir nuevos huecos de fachada o balcones para cumplir con el requisito de iluminación.
- Reorganizar la distribución interna para que cada estancia tenga ventilación directa al exterior.
- Ajustar alturas libres si hay vigas, forjados o falsos techos que reducen la percepción de espacio.
Cumplimos todas las normativas de habitabilidad en nuevas viviendas en Madrid

Las viviendas en Madrid deben cumplir con múltiples condiciones de habitabilidad que van más allá de ser simples espacios para dormir: superficie útil adecuada, ventilación e iluminación natural, alturas libres, distribución funcional de estancias y requisitos higiénico-sanitarios son elementos que conforman una vivienda digna y legal.
Al planificar un proyecto arquitectónico, ya sea una nueva construcción o una rehabilitación, tener estos criterios claros desde el principio evita sorpresas, sobrecostes y problemas legales.
Como arquitectos en Madrid, contamos con un equipo integral, conformado por arquitectos técnicos y especialistas en obra nueva que conocen y cumplen con todas las normativas de habitabilidad.
Si quieres construir una casa desde cero o reformar una vivienda de forma estructural, contáctanos y pide tu presupuesto sin compromiso.
Preguntas frecuentes
1. ¿Todas las viviendas en Madrid tienen que cumplir los mismos requisitos?
En general, sí. Las viviendas nuevas o fruto de cambio de uso están obligadas a cumplir las condiciones actuales (40 m² mínimo, ventilación y fachadas correspondientes). Las viviendas existentes pueden conservar su situación siempre que no se realicen obras que modifiquen su uso o estructura significativamente.
2. ¿Qué pasa si una vivienda no cumple estas condiciones?
Si no cumple, no puede obtener la licencia de primera ocupación ni conectar servicios básicos como agua, luz o gas, lo que impide su uso como vivienda legal.
3. ¿Las condiciones de habitabilidad solo afectan a viviendas nuevas?
No. También son relevantes en reformas e incluso en negociaciones de venta o alquiler, ya que garantizan estándares mínimos de confort y legalidad.
4. ¿Se puede vivir legalmente en un estudio pequeño de menos de 40 m²?
En algunos casos excepcionales puede existir, pero para nueva obra o cambio de uso sí se exige normalmente el estándar de 40 m². Los estudios pueden existir si forman parte de situaciones preexistentes y no se reforma su distribución sin cumplir la normativa.





