Inspección del edificio
Revisamos estructura, fachadas, cubiertas, instalaciones comunes y saneamiento, y documentamos el estado de cada parte.

Servicios · Inspección técnica de edificios
Inspección, informe y presentación en el ayuntamiento, y las reparaciones si el resultado es desfavorable. En la Comunidad de Madrid y en la Costa del Sol (Málaga).
ITE e IEE
Hacemos la inspección técnica de edificios (ITE) y el informe de evaluación del edificio (IEE) de comunidades de propietarios, edificios de un solo dueño y viviendas unifamiliares, en la Comunidad de Madrid y en la Costa del Sol (Málaga).
Fran Cortés, arquitecto técnico colegiado en el COAATM con el n.º 105.287, firma el informe. El equipo del estudio inspecciona el edificio in situ y, si hay que reparar, redacta el proyecto y dirige las obras.
El IEE incluye un certificado energético registrado: lo podemos hacer a la vez.
Si tu edificio está en una zona protegida, lo que cambia lo contamos en Chamberí, el barrio de Salamanca y Retiro.
Qué incluye
Revisamos estructura, fachadas, cubiertas, instalaciones comunes y saneamiento, y documentamos el estado de cada parte.
Redactamos el informe con su resultado y lo presentamos en el ayuntamiento dentro de plazo.
El IEE añade a la ITE la accesibilidad y exige un certificado de eficiencia energética registrado. Hacemos las dos cosas.
Si el resultado es desfavorable, redactamos el proyecto, pedimos la licencia y dirigimos las obras hasta subsanarlo.
La norma
Todos los edificios de más de 30 años, de cualquier uso, también los chalets. La primera ITE se presenta el año siguiente a cumplirlos, hasta el 31 de diciembre, y después cada 10 años. La firman un arquitecto o un arquitecto técnico.
El IEE es obligatorio en los edificios de vivienda colectiva de más de 50 años, en los 5 años siguientes a cumplirlos, y se renueva al menos cada 10 años. Además, algunos municipios tienen su propia ITE. Pozuelo y Las Rozas, por ejemplo, aplican el IEE. En Madrid capital, el IEE completo incluye la ITE.
En Málaga, los edificios de más de 50 años o protegidos, con un primer informe en los 13 meses siguientes. En Marbella, al año siguiente de cumplir 50 años. En las dos, se repite cada 10 años.
Fuentes consultadas el 4 de octubre de 2026: ITE: plazos (Ayuntamiento de Madrid) · IEE (Comunidad de Madrid) · Decreto 103/2016 (BOCM) · IEE en Pozuelo · IEE en Las Rozas · ITE en Málaga · ITE en Marbella.
Calendario
En la ciudad de Madrid manda la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (OCRERE) de 2011. Para los edificios de vivienda colectiva con más de 50 años se aplica además el Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid: en esos edificios el ayuntamiento ya no pide la ITE, pide el Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
| Situación de tu edificio | Qué toca y cuándo | Ejemplo |
|---|---|---|
| Cumple 30 años desde que terminó la obra nueva o una rehabilitación integral | Primera ITE en el año siguiente, hasta el 31 de diciembre | Terminado en 1995: ITE en 2026 |
| Ya pasó la ITE | La siguiente, 10 años después del año en que tocaba, aunque la presentaras tarde o arreglaras los daños más tarde | Le tocaba en 2016: la siguiente en 2026 |
| Vivienda colectiva que cumple 50 años | IEE en lugar de ITE, como tarde 5 años después de cumplirlos | Terminado en 1969: IEE en 2024 |
| Ya tiene IEE | Renovarlo al menos cada 10 años; caduca el 31 de diciembre del año que toca | IEE de 2024: renovar en 2034 |
Cada otoño el ayuntamiento aprueba el padrón de edificios que deben pasar la ITE el año siguiente y lo expone al público durante 30 días. Estos son los grupos de los tres últimos años:
| Año en que toca | Edificios incluidos (ITE) | Vivienda colectiva con más de 50 años (IEE) |
|---|---|---|
| 2024 | Terminados en 1993 (cumplen 30 años). Los que tuvieron ITE en 2014, entre ellos los terminados en 1983. Construidos entre 1953 y 1958, fuera del Catálogo de Edificios Protegidos y del Centro Histórico | Construidos en 1969, y entre 1953 y 1958 por renovación periódica |
| 2025 | Terminados en 1994. Los que tuvieron ITE en 2015, entre ellos los terminados en 1984. Construidos entre 1959 y 1961, fuera del Catálogo y del Centro Histórico | Consulta tu dirección en el buscador municipal |
| 2026 | Terminados en 1995. Los que tuvieron ITE en 2016, entre ellos los terminados en 1985. Construidos entre 1962 y 1965, fuera del Catálogo y del Centro Histórico | Consulta tu dirección en el buscador municipal |
Los edificios catalogados, los del Centro Histórico y los de propiedad pública tienen su propio calendario. Si es tu caso, lo miramos con la dirección exacta.
Fuentes consultadas el 2 de noviembre de 2026: Padrón ITE 2026, BOAM n.º 9990 (Ayto. Madrid) · Padrón ITE 2025, BOCM 5-11-2024 · Padrón ITE 2024, BOCM 13-11-2023 · Listado IEE 2024, BOCM 13-11-2023 · ITE. Plazos (Sede Ayto. Madrid) · Consulta ITE/IEE (Ayto. Madrid) · Decreto 103/2016, arts. 2 y 5 y disp. transitoria 1.ª (BOCM)
Antes de la visita
Con estos datos preparamos la visita y evitamos volver dos veces:
Visitamos el edificio, redactamos el informe y lo presentamos por ti en el registro electrónico. Antes de empezar acordamos contigo la fecha de visita y la de entrega. No esperes a diciembre: en los últimos meses del año se juntan muchas comunidades con la misma fecha límite.
Firma Fran Cortés, arquitecto (COAM n.º 21.503) y arquitecto técnico (COAATM n.º 105.287), incluido en la lista de peritos judiciales del COAM.
Fuentes consultadas el 2 de noviembre de 2026: ITE. Procedimiento (Sede Ayto. Madrid) · ITE. Plazos (Sede Ayto. Madrid) · Trámite IEE (Sede Comunidad de Madrid) · Decreto 103/2016, arts. 3, 4 y 8 (BOCM)
Fuera de la capital
Fuera de la capital, la norma común es el Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid. Obliga a tener IEE a los edificios de vivienda colectiva con más de 50 años, a los que pidan ayudas públicas de conservación, accesibilidad o eficiencia energética y a los casos que fije cada ayuntamiento. El plazo para el primer IEE es de 5 años desde que el edificio cumple 50, y después se renueva cada 10. El informe se presenta siempre en el ayuntamiento del municipio.
El ayuntamiento publica en el BOCM listados de edificios de vivienda colectiva que deben hacer su primer IEE, con su referencia catastral y una fecha límite. Por ejemplo, los edificios de 1972 incluidos en el listado de diciembre de 2023 tienen hasta el 31 de diciembre de 2027. Cada listado se expone un mes para reclamaciones y el expediente se consulta en la Gerencia Municipal de Urbanismo.
La Junta de Gobierno Local aprueba cada año el listado de edificios de vivienda colectiva obligados al IEE. Los del listado de 2026 deben presentarlo antes del 31 de diciembre de 2026. Si el informe llega con fallos de forma, hay 20 días para corregirlo; si no, se da por no presentado.
No hemos encontrado un listado ni una ordenanza propia publicados en fuente oficial. Se aplica la regla general del Decreto 103/2016. Antes de encargar el informe, pregunta en el ayuntamiento si tu edificio está en su listado o consúltanos y lo comprobamos.
Si tu edificio no es de vivienda colectiva (un chalet, un local, una nave), pregunta en tu ayuntamiento si tiene ordenanza propia de ITE: fuera de Madrid capital cambia de un municipio a otro.
Fuentes consultadas el 2 de noviembre de 2026: Decreto 103/2016 (BOCM) · Trámite IEE (Sede Comunidad de Madrid) · Listado IEE Pozuelo, BOCM 4-12-2023 · Listado IEE Pozuelo 2025, BOCM 10-2-2025 · Listado IEE Las Rozas 2026, BOCM 23-1-2026 · Listado IEE Las Rozas 2025, BOCM 16-1-2025
Si sale desfavorable
En Madrid capital, si la ITE es desfavorable, el ayuntamiento propone una orden de ejecución y la propiedad tiene 2 meses para pedir la licencia de las obras de reparación.
Si no se presenta, el ayuntamiento puede imponer hasta tres multas coercitivas, de 1.000, 2.000 y 3.000 €. En Málaga, no presentar la ITE se sanciona con multa de 3.000 a 4.000 €, y en Marbella, de 600 a 2.999 €.
Por eso, si la inspección detecta daños, te decimos qué hay que reparar primero y preparamos el proyecto y la licencia para cumplir el plazo.
Fuentes consultadas el 4 de octubre de 2026: Preguntas frecuentes sobre la ITE (Ayuntamiento de Madrid) · ITE en Málaga · ITE en Marbella.
Cómo trabajamos
Paso 1
Inspeccionamos el edificio con el presidente de la comunidad o el propietario y revisamos la documentación que exista.
Paso 2
Redactamos el informe con el estado de cada parte del edificio y, en el IEE, la accesibilidad y el certificado energético.
Paso 3
Lo presentamos en el ayuntamiento y te explicamos el resultado en una reunión o videollamada.
Paso 4
Si hace falta, proyecto, licencia y dirección de obra de las reparaciones, hasta tener la ITE favorable.
Preguntas frecuentes
¿No está tu duda? Escríbenos y te contestamos en el día.
Pregunta por WhatsAppDepende del año de construcción y del municipio. En Madrid capital, a partir de los 30 años; en el resto de la Comunidad, el IEE a partir de los 50 en vivienda colectiva. Si nos dices la dirección, lo comprobamos.
En Madrid capital, sí: la ITE afecta a edificios de cualquier uso con más de 30 años. En otros municipios depende de su ordenanza; te lo confirmamos en cada caso.
La ITE revisa la conservación del edificio. El IEE añade la accesibilidad y el certificado de eficiencia energética. En Madrid capital, un IEE completo incluye la ITE.
Un arquitecto o un arquitecto técnico colegiado. En el estudio la firma Fran Cortés, que tiene las dos titulaciones.
Depende del tamaño del edificio y de si es ITE o IEE. Te damos un precio cerrado después de ver el edificio y su documentación.
Hay que hacer las reparaciones en el plazo que fije el ayuntamiento. Redactamos el proyecto, pedimos la licencia y dirigimos las obras.
La obligación es de la propiedad: el propietario único o la comunidad de propietarios. En una comunidad es un gasto común y se reparte según la cuota de participación de cada vivienda o local, como el resto de gastos generales. Lo mismo vale para las reparaciones de elementos comunes que salgan de la inspección.
Diez años. En Madrid capital la siguiente ITE toca 10 años después del año en que te tocaba la anterior, no desde que la presentaste. El IEE se renueva al menos cada 10 años y caduca el 31 de diciembre del año que corresponda. Si el edificio de vivienda colectiva cumple 50 años, pasa de ITE a IEE.
La obligación de conservar el edificio va con el inmueble, no con quien lo vende. Si el ayuntamiento ya ha dictado una orden de ejecución y es firme, queda anotada en el Registro de la Propiedad, así que el comprador la verá. Lo prudente es contarlo desde el principio y dejar por escrito en el contrato quién paga las obras pendientes.
Depende de su uso y su edad. Si es de vivienda colectiva y tiene más de 50 años, el ayuntamiento lo saca del padrón de ITE y le pide el IEE. El resto de edificios, chalets incluidos, siguen con la ITE. El buscador municipal de ITE/IEE te dice cuál te toca con tu dirección.
Opiniones
Este tipo de trabajos los hacemos en la Comunidad de Madrid y en la provincia de Málaga (Marbella y la Costa del Sol).
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