Estudio de seguridad
Redactamos el estudio o el estudio básico de seguridad y salud que exige el proyecto. Qué es y cuándo hace falta.

Servicios · Seguridad y salud en obra
Coordinación de seguridad y salud durante la obra y estudio de seguridad del proyecto, en la Comunidad de Madrid y en la Costa del Sol (Málaga).
Seguridad y salud
Asumimos la coordinación de seguridad y salud de obras de viviendas unifamiliares, ampliaciones, reformas integrales y edificios, y redactamos el estudio de seguridad que acompaña al proyecto. Lo hacemos en la Comunidad de Madrid y en la Costa del Sol (Málaga).
Fran Cortés, arquitecto técnico colegiado en el COAATM con el n.º 105.287, firma la coordinación, y el equipo del estudio visita la obra in situ. Podemos hacerla sola o junto con la dirección de ejecución.
Qué hacemos
Redactamos el estudio o el estudio básico de seguridad y salud que exige el proyecto. Qué es y cuándo hace falta.
Revisamos el plan de seguridad que redacta el constructor y lo aprobamos antes de que empiece la obra.
Coordinamos a las empresas y autónomos que trabajan a la vez, para que la prevención se aplique de verdad.
Llevamos el libro de incidencias, que debe estar siempre en la obra, y anotamos lo que haya que corregir.
La ley
El Real Decreto 1627/1997 obliga al promotor a designar un coordinador de seguridad y salud durante la ejecución en cuanto en la obra interviene más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos, o varios autónomos (artículo 3). En una vivienda, ocurre casi siempre.
El mismo real decreto exige que todo proyecto incluya un estudio de seguridad y salud, o un estudio básico en las obras más pequeñas (artículo 4). El estudio completo es obligatorio cuando el presupuesto de ejecución alcanza 450.759,08 € (75 millones de pesetas), cuando la obra dura más de 30 días laborables con más de 20 trabajadores a la vez o cuando suma más de 500 jornadas de trabajo.
El plan de seguridad lo redacta el constructor y lo aprueba el coordinador antes de empezar (artículo 7).
Fuente consultada el 4 de octubre de 2026: Real Decreto 1627/1997 (BOE).
Cómo trabajamos
Paso 1
En la fase de proyecto, redactamos el estudio o el estudio básico de seguridad y salud.
Paso 2
Revisamos el plan de seguridad del constructor, pedimos lo que falte y lo aprobamos.
Paso 3
Comprobamos en obra las medidas de protección y coordinamos a las empresas que trabajan a la vez.
Paso 4
Si la obra cambia, aprobamos las modificaciones del plan hasta el final de los trabajos.
Preguntas frecuentes
¿No está tu duda? Escríbenos y te contestamos en el día.
Pregunta por WhatsAppSi trabaja más de una empresa, o una empresa y autónomos, sí. En una vivienda es lo habitual: estructura, instalaciones y acabados suelen ser empresas distintas.
El promotor, es decir, el propietario que encarga la obra. Debe designarlo antes de empezar o en cuanto se dé la circunstancia.
El estudio va con el proyecto y lo redacta un técnico. El plan lo redacta el constructor, adaptando el estudio a su forma de trabajar, y lo aprueba el coordinador.
Sí. Es habitual que el aparejador asuma también la coordinación. Ver aparejador y arquitecto técnico.
Sí, en cualquier obra en la que trabaje más de una empresa o autónomo.
Depende de la duración y el tamaño de la obra. Te damos un precio cerrado después de ver el proyecto.
Opiniones
Este tipo de trabajos los hacemos en la Comunidad de Madrid y en la provincia de Málaga (Marbella y la Costa del Sol).
Hablemos
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